“Instrúyanse porque necesitaremos toda nuestra inteligencia.
Conmuévanse, porque necesitaremos todo nuestro entusiasmo.
Organícense, porque necesitaremos toda nuestra fuerza.”


Antonio Gramsci

sábado, 14 de febrero de 2015

Sistema de Gobierno

El sistema de Gobierno de la UNLu está conformado por representantes de los claustros universitarios: Estudiantil, Graduado, Docente, Auxiliar y No Docente. Ejercen el Gobierno de la Universidad: La Asamblea Universitaria, el Consejo Superior, el Rector, los Consejos Directivos de los Departamentos y los Directores Decanos de los Departamentos.



ASAMBLEA UNIVERSITARIA
La Asamblea Universitaria es el principal órgano de gobierno y se compone de un total de 81 miembros. La elección de sus miembros se realiza por medio del voto secreto y obligatorio de cada claustro. La renovación de los integrantes es bienal.
Entre las atribuciones de la Asamblea, se encuentran: modificar total o parcialmente el estatuto de la Universidad; remover al Rector y Vicerrector; a los Directores Decanos y Vicedirectores Decanos y resolver sobre su renuncia; crear o suprimir Departamentos académicos y Centros Regionales.

CONSEJO SUPERIOR
El Consejo Superior está integrado por el Rector, los Directores Decanos de cada Departamento y Consejeros que representan a cada claustro.
Entre sus atribuciones se encuentran: constituir los órganos que considere necesarios para la solución de problemas específicos (fijando en cada caso la duración y atribuciones correspondientes); crear o suprimir carreras universitarias o títulos; aprobar los planes de estudio; establecer las condiciones de ingreso a las carreras universitarias; promover actividades de extensión universitaria; designar por concurso o contratar al personal docente; aprobar el presupuesto universitario; aprobar la elección de los miembros de los cuerpos colegiados y del Rector, del Vicerrector y Directores Decanos y Vicedirectores decanos.

RECTORADO
El rector y el vicerrector son elegidos mediante el sufragio directo ponderado de los miembros de la Universidad. Estos cargos tienen una duración de cuatro años con posibilidad de reelección por un solo periodo.


Entre las atribuciones del rector se encuentran: ejecutar las normas estatutarias y las resoluciones de la Asamblea Universitaria; resolver cualquier cuestión urgente dando cuenta al Consejo Superior; ejercer la jurisdicción disciplinaria.

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